El consejo académico está integrado por el rector quien lo preside, los directivos docentes y un docente por cada área definida en el plan de estudio.
FUNCIONES DEL CONSEJO ACADEMICO: Cumplirá las siguientes funciones:
- Servir de órgano consultor del consejo directivo en la revisión de la propuesta del proyecto educativo institucional.
- Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en el presente decreto.
- Organizar el plan de estudio y orientar su ejecución.
- Participar en la evaluación institucional anual.
- Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los educandos y para la promoción, asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación.
- Recibir y decidir los reclamos de los estudiantes sobre la evaluación educativa.
DE LAS FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO Y LAS COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN EN LA EDUCACIÓN INCLUSIVA.
Realizar seguimiento de forma periódica, igual que los demás estudiantes a los avances de los estudiantes del proceso de inclusión a través del formato PIAR .
- Los casos de los estudiantes con discapacidad deben serán tratados, en concordancia con los criterios establecidos en el PIAR (Planes Individuales de Ajustes Razonables).
- Las comisiones de evaluación realizan el seguimiento del cumplimiento del PIAR, las comisiones de promoción deben certificar la aprobación o desaprobación del grado, considerando su edad, los progresos en su adaptación social y resultados académicos según el PIAR.